Categorías: Salud

El TSJR ratifica el uso del certificado Covid hasta el próximo 14 de febrero

LOGROÑO, 28 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de La Rioja ratifica prorrogar la exigencia del certificado COVID hasta el 14 de febrero. La medida fue acordada el pasado 26 de enero por el Consejo de Gobierno.

El Gobierno regional fundamenta su decisión en que la situación epidemiológica en La Rioja “continúa en cifras que no permiten tener por superada la sexta ola, que se está estabilizando, e incluso ha podido descender ligeramente. En todo caso esta estabilización y comienzo del descenso en el número de contagios es bastante lento y menos pronunciado de lo esperado”.

Además, y según el TSJR, el Gobierno aporta informes en los que se acredita que en la semana del 17 al 23 de enero se han registrado 3.991 casos nuevos de COVID 19. Un número, afirma el Gobierno, aún muy alto en comparación con los 5.547 casos diagnosticados en la semana del 10 al 16 de enero. Añade que la presión asistencial no ha variado respecto a las semanas anteriores y se mantiene en un 18,6% de ocupación en la UCI (8 pacientes) y en un 10,58% en planta (58 pacientes). La incidencia acumulada a 14 días se sitúa en 2.849 casos por cada 100.000 habitantes.

Ante ello, el Tribunal considera que los indicadores actuales sobre la situación epidemiológica en nuestra región “son suficientes” para la ratificación de la nueva prórroga del Certificado COVID.

Así, la Sala del TSJR acuerda su ratificación por considerar que la medida sanitaria propuesta es “adecuada, necesaria y proporcionada para el fin perseguido que es: contener el ritmo de los contagios y proteger la salud pública de los ciudadanos”.

En su resolución, la Sala afirma que la medida no vulnera el derecho a la igualdad pues “no se produce discriminación entre aquellos que están vacunados y los que no están” ya que se puede acceder a los establecimientos mencionados presentando otros certificados como puede ser una prueba PDIA, un test de antígenos o el certificado de recuperación de la COVID 19.

En cuanto al derecho a la intimidad, la Sala de lo Contencioso Administrativo es muy clara al exponer en su auto que “no parece que pueda esgrimirse la prevalencia de este derecho frente al derecho a la vida y a la protección de la salud pública, toda vez que la información sobre si se ha recibido la vacuna o no, en momentos en los que se atraviesa una pandemia, es una pieza básica y esencial para impedir la propagación de la infección por el SARS-CoV-2 y, por tanto, de la preservación de la vida y la salud de todos”.

“Es cierto que se trata de una información médica, pero las connotaciones que impone la situación de pandemia, el carácter masivo de la vacunación y la solidaridad que comporta la protección y ayuda entre todos, devalúa la preeminencia de la intimidad en este caso”.

Concluye el Tribunal que la medida acordada por el Gobierno regional “no suponen un sacrificio desmedido de los derechos fundamentales afectados y como afirma el Tribunal Supremo en su sentencia de 1 de diciembre de 2021 en relación al certificado COVID, “mientras que incide tenuemente en derechos a la igualdad y a la intimidad, como ya dijimos en la sentencia 1112/2021, de 14 de septiembre, sin afectar a otros de manera apreciable”.

La medida a la que hace referencia esta nueva prórroga es la siguiente: El Acuerdo 1.4 del Consejo de Gobierno del 28 de diciembre de 2021 que estará en vigor hasta que finalice enero es el siguiente:

“El acceso de las personas de 12 años o más, a los centros hospitalarios y centros de servicios sociales especializados, para visitas a los enfermos ingresados y residentes, respectivamente, así como el acceso a los locales y establecimientos con licencia de discotecas, salas de baile, salas de fiesta, vares con licencia especial, restaurantes (excluidos comedores de universidades y comedores de empresa), y eventos multitudinarios en espacios interiores (excepto los eventos deportivos que tengan la regulación del documento de actuaciones coordinadas del Ministerio de Sanidad).

Así como en bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares, gimnasios, instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, requiere la presentación de un certificado emitido por un servicio público de salud”.

Redacción

Equipo de la redacción central de EditorialOn. Somos muchos, de sitios muy distintos y vivimos por y para la información.

Entradas recientes

La Educación inicia la provisión de Asistentes Técnicos Educativos a los centros concertados para el curso escolar 2024-2025

PALMA, 18 (EUROPA PRESS) La Conselleria de Educación y Universidades ha publicado este sábado en…

53 mins hace

Se organiza una cadena humana alrededor del Hospital del Vinalopó con el propósito de pedir al Consell la devolución a la gestión pública

ALICANTE, 18 (EUROPA PRESS) Una cadena humana ha rodeado este sábado el Hospital del Vinalopó,…

1 hora hace

Este fin de semana tendrá lugar una nueva manifestación en la capital en apoyo a la sanidad pública

Bajo el lema 'Madrid sigue en pie', busca repetir las multitudinarias protestas de la pasada…

3 horas hace

Marzà critica al Gobierno por mantener privatizado el Hospital del Vinalopó, señalando que anteponen el lucro a la salud pública

ALICANTE, 18 (EUROPA PRESS) El candidato a las elecciones europeas de Compromís, Vicent Marzà, ha…

4 horas hace

IU cuestiona la declaración de utilidad pública de las plantas fotovoltaicas de los parques Atarfe I, II y III

GRANADA, 18 (EUROPA PRESS) Izquierda Unida elevará a debate en el próximo pleno de la…

4 horas hace

La primera marcha contra el cáncer organizada por la Guardia Civil de Palencia contó con la participación de alrededor de 500 personas

PALENCIA, 18 (EUROPA PRESS) La Guardia Civil de Palencia ha celebrado este sábado, 18 de…

5 horas hace

Esta web usa cookies.